Confirmar titularidad
Permite verificar quién figura inscripto como titular del inmueble al momento de la consulta.
Cuando un escribano pide información registral sobre una propiedad, busca conocer qué actos o situaciones aparecen inscriptos en el Registro de la Propiedad, Sección Inmobiliaria, respecto de ese padrón.
Esa información permite verificar titularidades, antecedentes e inscripciones que puedan afectar el inmueble. Pero no reemplaza el estudio de títulos: lo complementa.
Es la información certificada que expide la Dirección General de Registros respecto de los actos inscriptos en el Registro de la Propiedad, Sección Inmobiliaria.
En una compraventa, esa información ayuda a comprobar quién figura como titular, qué antecedentes registrales aparecen y si existen inscripciones que afecten el inmueble, como hipotecas, promesas, embargos específicos u otras situaciones según el caso.
Porque una compraventa no se analiza solamente con lo que dice el vendedor o con la última escritura. También hay que verificar qué aparece publicado registralmente sobre el inmueble.
Permite verificar quién figura inscripto como titular del inmueble al momento de la consulta.
Puede mostrar transmisiones anteriores que ayudan a relacionar la información registral con la cadena de títulos.
Permite conocer determinadas inscripciones que inciden sobre el bien, como hipotecas, promesas, embargos específicos u otras cargas.
Lo que aparece en el Registro debe ser coherente con la documentación y antecedentes que se están estudiando.
El contenido depende de las inscripciones existentes y del período consultado, pero hay algunos elementos especialmente relevantes para una compraventa.
Se solicita ante el Registro de la Propiedad, Sección Inmobiliaria, correspondiente al inmueble. La Dirección General de Registros permite ingresar solicitudes de información por internet para los registros y departamentos habilitados.
Para identificar correctamente la búsqueda se utilizan datos del bien, especialmente el padrón y la ubicación registral correspondiente.
Como escribano, puedo gestionar esa información de forma remota, controlar el resultado y relacionarlo con los títulos y demás documentación de la compraventa.
Porque una de las funciones centrales de los Registros Públicos es hacer cognoscibles determinados actos y negocios jurídicos mediante su inscripción y la posterior expedición de información a quien la solicita.
Compraventas, hipotecas, promesas y otros actos previstos legalmente acceden al Registro cuando corresponde.
La inscripción permite que terceros puedan conocer determinadas situaciones jurídicas relativas al inmueble.
El certificado refleja la información registral existente a la fecha y hora de su expedición.
Están relacionados, pero cada uno cumple una función distinta.
| Concepto | Qué es | Para qué sirve |
|---|---|---|
| Información registral | Los datos que surgen de los actos inscriptos en el Registro. | Conocer la situación registral del inmueble. |
| Certificado registral | El documento certificado que contiene esa información. | Acreditar formalmente qué surge del Registro en una fecha y hora determinadas. |
| Estudio de títulos | El análisis jurídico de los antecedentes del inmueble. | Reconstruir cómo llegó jurídicamente la propiedad hasta la situación actual. |
No. Es una pieza fundamental, pero no permite por sí sola concluir que toda la situación jurídica del inmueble esté correctamente resuelta.
El Registro muestra lo inscripto. El escribano debe interpretar esa información, compararla con los títulos y revisar otros aspectos de la operación que no necesariamente surgen de un único certificado.
Por ejemplo, la correcta cadena de transmisiones, determinadas situaciones personales, documentación catastral o municipal y otros controles pueden requerir fuentes adicionales.
Una compraventa también puede requerir información del Registro Nacional de Actos Personales respecto de vendedores, compradores, apoderados u otras personas que hayan intervenido.
Se controlan limitaciones o medidas personales que puedan incidir en la facultad de disposición.
Se vinculan con la persona y no con un padrón específico, por lo que se controlan por otra vía registral.
Cuando alguien actúa por representación, también puede ser necesario controlar la situación registral de ese poder.
El estado civil y el régimen de bienes pueden incidir en quién debe intervenir y cómo puede disponerse del inmueble.
Imaginemos que el vendedor presenta una escritura reciente donde figura como propietario, pero la información registral muestra una inscripción anterior que todavía necesita ser interpretada o relacionada con otros antecedentes.
Eso no significa automáticamente que exista un problema grave. Puede tratarse de una inscripción ya cancelada, una transmisión posterior, un cambio de padrón o cualquier otra situación que requiera revisar documentación adicional.
La función del escribano es justamente determinar qué representa esa diferencia y si la historia jurídica queda correctamente explicada antes de continuar.
La Dirección General de Registros aclara que la información expedida no tiene un período general de vigencia, pero refleja la situación existente a la fecha y hora de su expedición.
Por eso, en una compraventa, los controles registrales se realizan dentro de una secuencia y pueden requerir actualizaciones o ampliaciones según el momento de la operación.
No se trata simplemente de pedir un certificado una vez y olvidarse del tema: importa cuándo se pidió y qué pasó después.
Además de consultar los Registros, el escribano estudia títulos, documentación, situación de las partes, impuestos y otros aspectos antes de la escritura.
Estas páginas profundizan en los controles notariales y registrales de una compraventa.
No necesitás saber qué certificado pedir ni cómo interpretar el resultado. Contame qué inmueble estás por comprar y en qué etapa está la operación.
Atención directa en compraventas de casas y apartamentos.
Consultar por WhatsApp